(Exposiciones y escritos ante Organos Jurisdiccionales). Toda exposición verbal o escrita que se formule ante el Poder Judicial o ante
el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo, se extenderá en fojas de papel sellado cuyo valor se regulará de acuerdo con la siguiente escala:
Monto Valor de cada foja
Hasta $ 1.000.00 ............................. $ 1.00
De más de $ 1.000.00 hasta $ 5.000.00 ........ " 2.00
De más de $ 5.000.00 hasta $ 10.000.00 ....... " 5.00
De más de $ 10.000.00 hasta $ 25.000.00 ...... " 8.00
De más de $ 25.000.00 hasta $ 50.000.00 ...... " 10.00
De más de $ 50.000.00 hasta $ 100.000.00 ..... " 12.00
De más de $ 100.000.00 hasta $ 250.000.00 .... " 15.00
Desde $ 250.000.00 en adelante, el valor de cada foja será de $ 15.00
aumentada a razón de $ 4.00 por cada cien mil pesos o fracción excedente.
En los juicios de desalojo y en los asuntos por pensiones se regulará
la escala anterior, atendiendo al monto del importe total de un año de
arrendamiento o pensión.
En el primer escrito o acta, el actor o interesado en la gestión, deberá expresar el valor que atribuye al asunto, y de acuerdo con dicha
estimación, se aplicará la escala precedente.
Los asuntos no susceptibles de estimación pecuniaria se regirán, según
la jurisdicción donde se hubieren iniciado y hasta su conclusión, de acuerdo con la siguiente escala:
En los Juzgados de Paz ...................... $ 1.00
En los Juzgados Letrados, Tribunales de
Apelaciones, Suprema Corte de Justicia y
Tribunal de lo Contencioso-Administrativo ... " 5.00
En los juicios sucesorios se iniciará el asunto en el sellado que
corresponda al Juzgado en que se tramita y fijado el acervo líquido de la
herencia, gananciales y restituciones dotales y maritales, que a tal efecto se sumarán, se liquidará aquél con arreglo a dicho monto.