(Certificados y testimionios - Actas de conciliación). Los
certificados y testimonios que se expidan, se extenderán en sellados de igual valor que el asignado a la foja del expediente de que emanen los testimonios de actas de conciliación se extenderán en sellado. Cuando
ésta contenga los elementos de un contrato cuya documentación suponga un
impuesto mayor, dicho testimonio se extenderá en el papel sellado que corresponda.