MINISTERIO DE HACIENDA
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.
(Plazo para el pago del impuesto). El impuesto se pagará dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha del otorgamiento del acto gravado. Si no se pagare dentro de dicho término se abonará además una multa igual al monto del impuesto, sin perjuicio de los recargos legales.Ayuda