(Distribución del producido del impuesto). El producido del impuesto
de Instrucción Pública se distribuirá en la siguiente forma:
A) Sesenta por ciento (60 %) para Rentas Generales.
B) Cuarenta por ciento (40 %) para el "Tesoro de Instrucción Pública".
Este último porcentaje se destinará por el Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal a los fines siguientes:
1.o) Hasta el diez por ciento (10 %) para gastos de recaudación directa
del impuesto.
2.o) El excedente para reparación de edificios, alimentación y útiles
escolares.