MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Artículo 39
(Mandatos, Quórum, Resoluciones).- Excepto los Administradores,
los demás miembros de la Comisión durarán cuatro años en sus funciones.
El quórum para sesionar será de seis miembros y las resoluciones se
adoptarán por mayoría de votos de presentes.
Las inasistencias no justificadas a cinco sesiones consecutivas o 10
alternadas en el año civil determinará la pérdida automática del cargo.
Esta norma no se aplicará para los miembros natos.