Fecha de Publicación: 18/12/1961
Página: 1-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Fe de erratas publicada/s: 26/12/1961.

Artículo 22

   (Ingresos de la Caja). Son ingresos del patrimonio de la Caja:

    a) El producido de los recursos establecidos en los artículos 23, 37 
       y 43;
    b) Los intereses de los fondos acumulados;
    c) El producido de las inversiones autorizadas legalmente;
    d) El monto de las multas, intereses, recargos, donaciones, herencias
       y legados.

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