Fecha de Publicación: 08/05/1962
Página: 185-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA

Ley 13.048 

Se modifica una disposición de la ley 12.670 en lo referente a 
detracciones para las exportaciones de carne bovina, cueros bovinos y 
ovinos, secos y salados.

Poder Legislativo.

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                               DECRETAN:

Artículo 1

   Modifícanse los incisos G) y H) del artículo 6° de la ley N.o 12.670, 
de 17 de diciembre de 1959, los que quedarán redactados en la siguiente 
forma:

G) Carne bovina de cualquier clase y preparada en cualquier forma, estre
   un 0.01 % (un centésimo por ciento) y un 50 % (cincuenta por ciento).
H) Cueros bovinos y ovinos, secos y salados entre un 0.01 (un centésimo
   por ciento) y un 50 % (cincuenta por ciento).

Por el Consejo: ALONSO. - CARLOS V. PUIG. - JUAN EDUARDO AZZINI. - Manuel 
Sánchez Morales, Secretario.
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