Ley
Se aprueba el Contrato de Préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo, destinado a financiar el Plan Nacional de Viviendas, y se dan normas.
Poder Legislativo
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1
Apruébase el Contrato de Préstamo suscrito por el Gobierno de la
República con el Banco Interamericano de Desarrollo, el 21 de mayo de 1963, por el cual se concierta un préstamo de U$S 8:000.000.00 (ocho millones de dólares) de Estados Unidos de América, destinados a
contribuir al financiamiento de un programa de viviendas comprendido
dentro del Plan Nacional de Viviendas estructurado por el
Banco Hipotecario del Uruguay y el Instituto Nacional de Viviendas
Económicas, aprobado pro resolución del Poder Ejecutivo de fecha 22 de
marzo de 1962.
Por el Consejo:FERNANDEZ CRESPO - ISIDORO VEJO RODRIGUEZ - RAUL YBARRA
SAN MARTIN - Luis M. de Posadas Montero, Secretario.