APROBACION DE CONTRATO DE PRESTAMO CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO




Fecha de Publicación: 24/01/1964
Página: 120-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 8

   Facúltase al Instituto Nacional de Viviendas Económicas para abonar con
carga sus fondos propios, horas extras a los funcionarios que actualmente
forman parte del mismo, cuando las circunstancias exigieran su utilización
fuera del horario habitual de trabajo y conforme a la reglamentación que,
a iniciativa de INVE, apruebe el Poder Ejecutivo.
   Facúltasele asimismo para contratar, con cargo a los mismos fondos,
cuando la ejecución del contrato así lo requiera, el personal técnico y 
especilizado que sea estrictamente indispensable.
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