Fecha de Publicación: 12/02/1965
Página: 575-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Artículo 30

   Declárase aplicable la norma contenida en el artículo 36 de la ley N.o
12.276, de 10 de febrero de 1956, a los recursos a que se refiere la presente ley.
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