CONSEJO DE MINISTROS
Todas las reparticiones, poderes, órganos, entes y servicios, de naturaleza estatal, deberán cumplir estrictamente la obligación de suministrar al "Registro General de Funcionarios de la Nación", creado por la ley N.o 9.461, de 31 de enero de 1935 (artículos 47 a 49), la información y documentación requerida para el funcionamiento del servicio.Ayuda