Fecha de Publicación: 05/08/1965
Página: 237-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 68

   Decláranse incluidos en las exoneraciones dispuestas por el; artículo
134 de la ley N.o 12.802, de 30 de noviembre de 1960, a las empresas periodísticas del interior del país y al Consejo Central de Asignaciones
Familiares y las Cajas de su dependencia.
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