MINISTERIO DE HACIENDA
Los adelantos que efectúe el Banco de la República Oriental del Uruguay de acuerdo al artículo anterior devengarán un interés del 6 % (seis por ciento) anual debiendo reembolsar mensualmente el Estado a dicha institución las sumas entregadas y sus intereses, a medida que se recauden las cantidades destinadas al Fondo "Subsidio y Censo".Ayuda