Ley 13.490
Se crea el Seguro de Enfermedad, Invalidez y Asistencia médica y farmacéutica para los obreros y empleados de la industria textil.
Poder Legislativo.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1
Créase el Seguro de Enfermedad, Invalidez y Asistencia y además
presentaciones médicas y farmacéuticas para los obreros y empleados de la
industria textil en todo el territorio Nacional.
De la administración
Por el Consejo: HEBER. - FRANCISCO M. UBILLOS. - Modesto Burgos Morales,
Secretario.