Fecha de Publicación: 24/08/1966
Página: 422-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Artículo 27

   La Comisión Honoraria Tripartita presentará anualmente al Poder 
Ejecutivo y a la Asamblea General con el, visto bueno de la Inspección 
General de Hacienda, un estado económico, social y financiero del 
servicio a su cargo.
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