Fecha de Publicación: 27/09/1966
Página: 617-A
Carilla: 1

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 2

    Los fraccionamientos con el citado destino, ya autorizados o
ejecutados o prometidos en venta carentes de abastecimiento de agua
potable y servicio de luz eléctrica, serán provistos de dichos servicios,
de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 4o. y siguientes.
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