Fecha de Publicación: 25/10/1966
Página: 101-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Artículo 17

   Lo dispuesto en el artículo 2°, no impide construir al amparo de las 
disposiciones de la ley N° 10.751, de 25 de junio de 1946.
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