Ley 13.586
Poder Legislativo.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1
Fíjanse en $ 8.125:203.038.77 y pesos 5.451:527.960.10 los egresos e ingresos del Presupuesto General de Sueldos y Gastos del Ejercicio 1965
y en pesos 1.092:191.621.97 y $ 1.074:827.822.63 los egresos e ingresos del Fondo de Detracciones y Recargos del mismo Ejercicio.
Por el Consejo: HEBER.- DARDO ORTIZ.- NICOLAS STORACE ARROSA - LUIS VIDAL
ZAGLIO.- Gral. PABLO C. MORATORIO.- ISIDORO VEJO RODRIGUEZ.- A. FRANCISCO RODRIGUEZ CAMUSSO - WILSON FERREIRA ALDUNATE - FRANCISCO M. UBILLOS - JUAN E. PIVEL DEVOTO.- Modesto Burgos Morales, Secretario.