MINISTERIO DE HACIENDA
Fe de erratas publicada/s: 15/10/1980.
La Oficina recaudadora depositará mensualmente en una cuenta especial abierta en el Banco de la República Oriental del Uruguay, a la orden del Consejo Central de Asignaciones Familiares, un 14% (catorce por ciento) de la recaudación mensual del tributo de timbres.Ayuda