CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 01/04/1968, 16/04/1968, 23/04/1968, 25/04/1968.
No serán contribuyentes del Tributo Unificado los importadores, las sociedades anónimas y las sociedades en comandita por acciones, cualquiera sea el monto anual de ingresos que obtengan.Ayuda