LEY DE PRESUPUESTO NACIONAL DE RECURSOS




Fecha de Publicación: 05/01/1968
Página: 41-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 01/04/1968, 16/04/1968, 23/04/1968, 25/04/1968.

Artículo 123

Facúltase al Poder Ejecutivo, a establecer la forma y condiciones de documentar las operaciones de los contribuyentes gravados por el Tributo 
Unificado.
Ayuda