LEY DE PRESUPUESTO NACIONAL DE RECURSOS




Fecha de Publicación: 05/01/1968
Página: 41-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 01/04/1968, 16/04/1968, 23/04/1968, 25/04/1968.

Artículo 175

Rigen para este impuesto las liberaciones impositivas establecidas en virtud de convenios internacionales y las dispuestas legalmente para Organismos Públicos Nacionales, Oficinas Públicas, los Organos Privados con fines Públicos, los Sindicatos Obreros con Personería Jurídica y las 
Instituciones comprendidas en los artículos 69 de la Constitución de la 
República, 134 de la ley N.o 12.802, de 30 de noviembre de 1960 y 110 
de la ley N.o 12.803, de 30 de noviembre de 1960.
Ayuda