LEY DE PRESUPUESTO NACIONAL DE RECURSOS




Fecha de Publicación: 05/01/1968
Página: 41-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 01/04/1968, 16/04/1968, 23/04/1968, 25/04/1968.

Artículo 226

Toda persona que solicite la expedición de pasaporte o su renovación deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de los Impuestos 
a la Renta y al Patrimonio, que ha obtenido facilidades para el pago o 
que no le corresponde pagar impuesto; esta constancia se extenderá en un documento único.
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