LEY DE PRESUPUESTO NACIONAL DE RECURSOS




Fecha de Publicación: 05/01/1968
Página: 41-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 01/04/1968, 16/04/1968, 23/04/1968, 25/04/1968.

Artículo 27

Deróganse a partir del 1.o de octubre de 1968, los artículos 26, 27, 28 y
29 y el inciso 2.o del artículo 102 de la ley N.o 12.804, de 30 de 
noviembre de 1960, y sus modificativas y concordantes.

    IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS Y SOCIEDADES DE CAPITAL

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