Sustitúyese el artículo 21 de la ley N.o 12.801, de 30 de noviembre de
1960 y modificativos por el siguiente:
" ARTICULO 21.- El Escalafón del Personal Militar en actividad se regulará
de acuerdo a las siguientes asignaciones de sueldos y compensaciones de
grado:
Compensaciones
Denominación Sueldo Sujetas a Montepío
_____ ___ ___________
General, Contra-Almirante, Brigadier. $ 35.100.00 $ 1.300.00
Coronel, Capitán de Navío ........... " 31.500.00 " 1.170.00
Teniente Coronel, Capitán de Fragata. " 27.950.00 " 1.040.00
Mayor, Capitán de Corbeta ........... " 24.400.00 " 910.00
Capitán, Teniente de Navío .......... " 21.150.00 " 780.00
Teniente 1ro., Alférez de Navío ..... " 17.300.00 " 650.00
Teniente 2do. Guardia Marina ........ " 14.600.00 " 520.00
Alférez ............................. " 12.700.00 " 390.00
Sub-Oficial de cargo, Sub-Oficial
Mayor del Ejército y Fuerza Aérea.... " 13.100.00 " 520.00
Sargento de 1ra. del Ejército y Fuerza
Aérea y Sub-Oficiales de 1ra. de la
Marina .............................. " 12.450.00 " 390.00
Sub-Oficial de 2da. de la Marina y
Sargento del Ejército y Fuerza Aérea " 11.800.00 " 260.00
Cabo de 1ra. del Ejército, Fuerza
Aérea y Marina ...................... " 10.950.00 --
Cabo de 2da. del Ejército, Fuerza
Aérea y Marina ...................... " 10.450.00 --
Apuntador, Corneta, Tambor y Trompa.. " 9.950.00 --
Marinero de 1ra., Soldado de 1ra. del
Ejército y Fuerza Aérea.............. " 9.600.00 --
Marinero de 2da., Soldado de 2da. del
Ejército y Fuerza Aérea ............. " 9.200.00 --
Aprendiz del Ejército, Marina y
Fuerza Aérea ........................ " 7.300.00 --
Personal de Alumnos de las Escuelas de
Formación de Oficiales
Cadete Escuela Militar, Escuela Militar
de Aeronáutica y Aspirante a Escuela
Militar, Escuela Militar de
Aeronáutica........................... " 5.650.00 --