Los reglamentos de policía dictados por el Poder Ejecutivo podrán
establecer multas de hasta $ 10.000.00 (diez mil pesos) las que no se
considerarán penas y no serán redimibles con prisión. La graduación de la
sanción estará en función de la gravedad de la infracción y de lo que para
casos análogos y similares fije el derecho vigente.
El producido de estas multas, así como todos los proventos que perciban
serán aplicados por cada Jefatura para equipamiento de sus servicios.