A los efectos de determinar el alquiler en los procedimientos de
revisión de los precios de arrendamientos de las fincas a que se refiere
el presente Capítulo, se considerarán, además de la ubicación del inmueble, su número de habitaciones y demás comodidades, las siguientes condicionantes:
A) Los precios de los arrendamientos de locales de características
similares y de la misma zona.
B) El interés razonable de la inversión.
C) El carácter social de la actividad que desarrolla el arrendatario o
subarrendatario en relación directa con el inmueble arrendado.
D) Depreciación del local por el tiempo, por el estado del mismo y
de los materiales de terminación empleados.
CAPITULO V
DEL SUBARRENDAMIENTO