A efectos de dar cumplimiento a los peritajes previstos, se
organizará la Dirección de la Asesoría Técnica de Arrendamientos, la que
será ejercida por un Consejo Honorario, con sede en Montevideo, compuesto
por cinco miembros titulares y otros tantos suplentes que se renovarán cada dos años, pudiendo ser reelectos.
El Consejo Honorario, integrado por Agrimensores, Arquitectos o
Ingenieros Civiles será designado por la Suprema Corte de Justicia.
Es incompatible el cargo de integrante del Consejo Honorario con el de
Asesor Técnico.