PRODUCCION COMERCIALIZACION IMPORTACION Y EXPORTACION DE FERTILIZANTES




Fecha de Publicación: 24/06/1968
Página: 608-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA

Artículo 11

   Todo fertilizante o materia prima que se importe, deberá venir acompañado de documentación que establezca la fórmula y el análisis así como la información y los rótulos que la reglamentación establezca.

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