OFICINA DE IMPUESTOS INTERNOS Y LA DIRECCION DE CONTRALOR LEGAL




Fecha de Publicación: 26/06/1968
Página: 659-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA

Artículo 11

   (Disposición transitoria): La comercialización de la uva de la cosecha 
1968 se ajustará, en lo aplicable, a los términos de esta ley, cualquiera 
sea la fecha de las operaciones respectivas.

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