MINISTERIO DE HACIENDA
Modifícase el inciso 3.o del artículo 222 de la ley N.° 12.804, de 30 de noviembre de 1960 y sus modificativas, que quedará redactado en la siguiente forma: "Cuando por la naturaleza del acto o contrato no fuese susceptible de estimación, el sello de cada foja será de pesos (10.00 (diez pesos)."Ayuda