MINISTERIO DE HACIENDA
(Sujetos pasivos). - Serán sujetos pasivos de este impuesto los herederos y legatarios por sus cuotas respectivas, así como los adquirentes y demás beneficiarios de los hechos gravados. Tratándose de operaciones entre vivos serán solidariamente responsables del pago del impuesto las partes que realicen el hecho privado.Ayuda