Fecha de Publicación: 30/10/1968
Página: 309-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 78

   Los testimonios de las resoluciones de la Dirección de la Oficina 
encargada de la recaudación de este impuesto, de acuerdo a las cuales resulte cantidad líquida y exigible a favor de la Dirección General Impositiva, por impuesto, recargos o multas, constituirá título 
ejecutivo.

                             Capítulo III

          Régimen de estímulo a la industrialización de lana
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