El incumplimiento grave de sus obligaciones con la cooperativa, que
perjudique a la institución o a los demás socios, podrá determinar que
sea solicitada la rescisión del "contrato de uso y goce", ante el Juez
competente y por los mismos trámites que para los arrendamientos
urbanos.
Mientras dure el juicio, el socio podrá ser suspendido por resolución
del Consejo Directivo, apelable a la Asamblea General, en sus derechos como integrante de la cooperativa, salvo aquellos inherentes a su
calidad de usuario. Si no hay lugar a la rescisión el socio reasumirá
plenamente sus derechos.