Por cada inmueble o conjunto habitacional cuya construcción decida, la
Cooperativa Matriz deberán organizar con los destinatarios de las
viviendas una Unidad Cooperativa.
Estas Unidades Cooperativas permanecerán ligadas a la Cooperativa
Matriz en calidad de filiales, por lo menos hasta que hayan adjudicado
definitivamente las viviendas y cancelado sus deudas con la misma.
Entre tanto la Cooperativa Matriz estará obligada a prestarles asistencia técnica y financiera y tendrá sobre ellas el contralor que la reglamentación establezca.