Créase la Comisión Asesora de la Dirección Nacional de Vivienda que se
integrará con 14 miembros y el Director Nacional que la presidirá sin derecho a voto. Los integrantes serán:
Un delegado del Banco Hipotecario del Uruguay; uno del Instituto Nacional de Viviendas Económicas; uno de los Municipios del Interior; uno
del Municipio de Montevideo; uno del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social; uno de los organismos públicos que operen en vivienda rural; uno
de la Universidad; uno de la Universidad del Trabajo del Uruguay; uno de
la Sociedad de Arquitectos; uno de la Sociedad de Ingenieros; uno del Programa de Seguridad Social del Ministerio de Defensa Nacional; uno de
la Comisión Honoraria pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre;
uno de las gremiales de empresarios y uno de los Sindicatos Obreros de la
construcción. La reglamentación establecerá el procedimiento de elección
de los representantes profesionales y del representante de los Municipios
del Interior.