Fecha de Publicación: 13/05/1969
Página: 265-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 11

   Auméntase hasta 400 el número de técnicos a que se refiere el apartado 
A) del artículo 47 de la ley N° 13.659, de 2 de junio de 1968.

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