MINISTERIO DE HACIENDA
Prohíbese el empleo de nafta, queroseno y gas-oil para uso rural, que deberán ser caracterizados y coloreados en forma que permita su individualización, en máquinas, vehículos o motores que no se encuentren debidamente autorizados conforme a las normas reglamentarias que dicte el Poder Ejecutivo.Ayuda