Ley N° 13.833
Se declaran de interés nacional la explotación, la preservación y el
estudio de las riquezas del mar.
Poder Legislativo.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1
Decláranse de interés nacional la explotación, la preservación y el
estudio de las riquezas del mar.
PACHECO ARECO.- JULIO MARIA SANGUINETTI.- VENANCIO FLORES.- CESAR
CHARLONE.- General ANTONIO FRANCESE.- JUAN MARIA BORDABERRY.-
FEDERICO GARCIA CAPURRO.- JOSE SERRATO.