MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA
Las construcciones que se realicen en cursos o cuerpos de aguas dominiales o en los privados que comuniquen con aquéllos, deberán incluir obligatoriamente obras que no impidan el paso de los peces y permitan su conservación. A tal efecto, se exigirán de los interesados todas las medidas conducentes a dicha preservación.Ayuda