Fecha de Publicación: 20/08/1970
Página: 434-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 10

  Comuníquese, etc.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 4 de 
agosto de 1970.

FERNANDO ELICHIRIGOITY, Presidente. - Andrés M. Mata, Prosecretario.

Ministerio de Seguridad Social.

                                        Montevideo, 16 de agosto de 1970.

  Habiendo expirado el plazo establecido por el artículo 144 de la 
Constitución de la República, cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes de Decretos. 

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