El autor de un delito contra el honor quedará exento de pena si se
retractare antes de la acusación fiscal. La retractación será publicada a
su cargo, en todos los diarios del departamento.
Esta disposición no es aplicable cuando la imputación ha sido dirigida
contra un funcionario público a causa o con motivo de la función que desempeña o cuando el denunciante no aceptara la retractación.