CONSEJO DE MINISTROS
Sustitúyese el artículo 141 de la Ley Nº 13.637, de 21 de diciembre de 1967 y modificativas, por el siguiente: "Artículo 141.- Fíjase el impuesto interno a los vinos champagne y espumante en $ 60.00 (sesenta pesos) por litro o fracción".Ayuda