LEY DE PRESUPUESTO NACIONAL DE RECURSOS




Fecha de Publicación: 04/01/1973
Página: 21-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 11

   (Tasa).- La tasa del impuesto será del 15 % (quince por ciento), sin 
perjuicio de lo dispuesto en el artículo 14.
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