Ley N° 14100
LEY DE PRESUPUESTO NACIONAL DE RECURSOS
Fecha de Publicación: 04/01/1973
Página: 21-A
Carilla: 1
CONSEJO DE MINISTROS
Artículo 11
(Tasa).- La tasa del impuesto será del 15 % (quince por ciento), sin
perjuicio de lo dispuesto en el artículo 14.
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