LEY DE PRESUPUESTO NACIONAL DE RECURSOS




Fecha de Publicación: 04/01/1973
Página: 21-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 187

   Elévese al 2 % (dos por ciento) la tasa del impuesto creado por la 
Ley Nº 1.573, de 21 de junio de 1882 con la modificación establecida en 
el artículo 4° de la Ley Nº 6.894, de 27 de febrero de 1919.
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