LEY DE PRESUPUESTO NACIONAL DE RECURSOS




Fecha de Publicación: 04/01/1973
Página: 21-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 195

   Encomiéndase al Poder Ejecutivo la reordenación de todos los textos 
legales vigentes relacionados con tributos, exceptuándose los que determina el artículo anterior, dentro del término de 180 días a partir 
de la publicación de esta ley, dando cuenta a la Asamblea General.
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