Créase para el Ejercicio 1973 una tasa del 1 1/2 % (uno y medio por
ciento) que gravará la expedición de los certificados que acrediten la inscripción de automóviles, camionetas, "pickup" y chasis con cabina o resguardo para el conductor, de menos de 1.500 kilogramos de peso, en el Registro Nacional de Vehículos Automotores creado por el artículo 100 de la Ley Nº 13.420, de 2 de diciembre de 1965.