CONSEJO DE MINISTROS
Deróganse los artículos 102, 103, 104, 105, 106, 108 y 110 de la Ley Nº 12.804, de 30 de noviembre de 1960, sus modificativas y concordantes y artículo 37 de la Ley Nº 13.637, de 21 de diciembre de 1967 (Impuesto a la Renta de la Industria y Comercio).Ayuda