CONSEJO DE MINISTROS
Fíjase para el Ejercicio 1972 el mínimo no imponible individual del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas en $ 425.000 (cuatrocientos veinticinco mil pesos) y la deducción por cargas de familia en $ 170.000 (ciento setenta mil pesos) por cada dependiente. Capítulo II IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIOAyuda