CONSEJO DE MINISTROS
Facúltase a la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación a disponer de una partida anual a partir de 1974 de hasta $ 30:000.000 (treinta millones de pesos) para atender la adquisición de bienes muebles e inmuebles así como los gastos de conservación y reparación que menciona la Ley Nº 14.040, de 20 de octubre de 1972.Ayuda